OMI publica nueva herramienta de diligencia debida para garantizar los derechos humanos de la gente de mar

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Redacción CAMAE

A fin de impulsar la protección de los derechos humanos en el mar, la Organización Marítima Internacional (OMI) anunció la publicación de una nueva herramienta de diligencia debida, dirigida a las compañías del sector.

Además de la OMI, la iniciativa es el resultado de esfuerzos conjuntos entre el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La herramienta cuenta con una lista de orientaciones para ayudar a los propietarios de las cargas y a los fletadores a proteger los derechos humanos de la gente de mar, ya que muchos de estos marinos continúan varados en el océano a causa de las restricciones impuestas por el Covid-19.

Algunas de las directrices recomendadas son:

  • Garantizar la adopción de medidas individuales y colectivas para abordar los problemas relacionados con los derechos de la gente de mar, incluido el uso del apalancamiento financiero para poner de relieve los problemas ante los Gobiernos y los proveedores de transporte marítimo.
  • Solicitar una garantía por escrito de que ningún marino ha estado a bordo durante un período ininterrumpido de más de 11 meses, periodo máximo según el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006.
  • Verificar con los asociados institucionales que la gente de mar no tenga que trabajar más allá de la expiración de sus contratos sin su consentimiento voluntario, ya que hacerlo podría considerarse trabajo forzoso.
  • Proporcionar a la gente de mar el equipo de protección personal (EPP) adecuado.
  • Verificar con los asociados institucionales que el coste de cualquier obligación de cuarentena o aislamiento antes o después de incorporarse al buque no estén ni total o parcialmente ni directa o indirectamente a cargo de la gente de mar.
  • Cumplir con la obligación legal de garantizar el acceso de la gente de mar a los cuidados médicos en tierra, por ejemplo, permitiendo derivaciones con el fin de recibir esos cuidados médicos.
  • Utilizar el marco de protocolos recomendado por la OMI para garantizar que se efectúan cambios de tripulación en condiciones de seguridad durante la pandemia de COVID-19, así como transmitirlos a todos los asociados pertinentes.
  • Aceptar las solicitudes de desviamientos de ruta de las compañías navieras con el fin de facilitar los cambios de tripulación y transmitir esta expectativa a los asociados institucionales.
  • Verificar que los operadores de los buques limitan las prórrogas de los contratos de la tripulación que se puedan evitar.

A través de estas resoluciones, los organismos de la ONU esperan que las condiciones de empleo y los derechos de los trabajadores se respeten, y que se cumplan a cabalidad con las normas internacionales.

 

Fuente: T21MX

Guardado en:  GENTE DE MAR | TRIPULACIÓN
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