Hasta el domingo tendrán validez los salvoconductos otorgado a las empresas

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Por: Karla López C.
klopez@camae.org

La noche de este miércoles quedaron sin vigencia más de dos millones de salvoconductos individuales que el Comité nacional de Operaciones de Emergencia (COE) había concedido hasta ahora. Hasta las 23h59 del domingo 26 de abril, tendrán validez los documentos otorgados a través de empresas.

Las personas que los necesiten deberán obtener este documento a través de las páginas del Gobierno www.gob.ec y www.ministeriodegobierno.gob.ec . Luego de que autoridades detectaron préstamos de salvoconductos» a quienes no laboran en los sectores estratégicos y autorizados para movilizarse en esta emergencia, las reglas serán más estrictas. Las personas que han sido sancionadas por mal uso no podrán obtenerlo.

“Se sancionará duramente al que presta y pide prestado”, afirmó Andrés Roche, gerente de la Autoridad de Tránsito Municipal de Guayaquil (ATM).

Según el nuevo protocolo, aprobado hace dos días, quedan exentos del documento el personal correctamente acreditado que trabaje en los servicios de salud, seguridad, puertos y aeropuertos, periodistas, funcionarios de sectores estratégicos y servidores del Gobierno.

En la Resolución del COE del 23 de abril se decidió ampliar el número de ocupantes que se trasladan en vehículos particulares, de 2 a 4 personas, incluido el conductor. Todos deben cumplir las medidas de protección sanitaria.

Vehículos que necesitan salvoconducto

  • Personas que laboran en empresas o negocios de la cadena de exportación e importación y su cadena conexa.
  • Personas que trabajen en la cadena conexa de producción agrícola, pecuaria (ganadero, porcino, avícola, etc.), pesquero y acuícola.
  • Trabajadores de empresas proveedoras de materias primas.
  • Personas que trabajan en la cadena de producción de madera.
  • Personas que trabajan en la cadena conexa al sector de la producción industrial.
  • Los trabajadores de empresas que provean equipos de repuestos y productos para el mantenimiento y servicio técnico de emergencia. Para las industrias y vehículos habilitados por el estado de excepción.
  • Vehículos empleados para la transportación de todo tipo de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas de moderación, animales de abasto, en la infraestructura de cadena logística
  • Usados para servicios financieros.
  • Vehículos de traslado de producto para procesamiento, empacado y traslado a puertos y aeropuertos.
  • De distribución al por mayor y al detalle de insumos de limpieza e higiene.
  • Vehículos de distribución de medicamentos.
  • De distribución y comercialización de materia prima, empaques y servicios
  • Vehículos de transporte de equipo, repuestos, y productos para el mantenimiento y servicio técnico (baterías, lubricantes, llantas), destinados a todos los sectores autorizados para trabajar durante la emergencia.
  • Contratados para movilizar extranjeros.
  • De transporte de materia prima, insumos, empaques, servicios de la cadena de producción alimentaria, exportación e importación y personal de su empresa.
  • Usados para el transporte de pallets, ataúdes y distribución de madera para su elaboración.

 

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