El comercio tendrá una normativa actualizada

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El proyecto se ha discutido por tres años y está para votarse. El documento tiene 1.300 artículos y se integran varias leyes.

Más de un siglo debió pasar para que el Código de Comercio, que data 1906, se actualice. El documento elaborado por la Comisión de Régimen Económico busca dinamizar transacciones, para intercambios en mercados transparentes, legalizar el concepto de comercio justo y maximizar los derechos a desarrollar actividades económicas. La propuesta se ha venido discutiendo desde hace tres años y se apresta a ser votada.

El presidente de la Comisión, Pabel Muñoz, explicó que el hecho de que el código no se actualice desde hace tanto tiempo y que el comercio siga operando es porque hay un principio, que también se lo mantiene en la normativa, y es que cuando de materia comercial se trata “el derecho se pone al servicio de la costumbre”, dijo a EXPRESO.

Hay algunos elementos importantes: En materia de seguros se establece una relación más ágil entre asegurado y el asegurador. Ejemplo, si mañana alguien quiere tener un seguro y busca un asegurador, ya el simple contacto, o el simple acuerdo verbal ya formaliza que tenga un seguro. Pero también la obligatoriedad que pasadas 48 horas, las partes deben firmar el contrato, donde el asegurado sabe que está asegurado en tantas cosas y el asegurador tiene tantas responsabilidades.

También en esta materia se establece que los reclamos de los seguros se los podrá hacer hasta en cinco años, coincidiendo con el Código Administrativo.

Otro aspecto es la posibilidad de que se pueda negociar con facturas electrónicas. “Lo que puede pasar es que si tiene una factura y no ha podido cobrar todavía, y tiene una deuda con otra persona, quien tiene la factura le puede transferir esta a quien le debe, y quien asume esta factura, puede generar un descuento, y eso genera la posibilidad de tener una utilidad, pero el deudor sale de la deuda que tenía”, explicó Muñoz.

Además, rigen las obligaciones de quienes intervienen en operaciones mercantiles, los actos y contratos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes; determinan quiénes son comerciantes y la noción de empresa.

En lo que atañe a la formación del consentimiento en actos y negocios jurídicos, beneficia la interpretación al no comerciante, sobre todo en figuras como la compraventa mercantil; regula la letra de cambio, el pagaré a la orden, la factura comercial negociable y otros documentos innominados, así como la figura del endoso como forma de transferencia de derechos y obligaciones de comprador y vendedor y la transferencia del riesgo; y, resume todas las formas de transporte.

Justamente sobre este último tema existen reparos por parte del asambleísta del Partido Social Cristiano (PSC), César Rohon. “Nosotros tenemos algunas observaciones. Decimos que en el código no debe incluirse el capítulo de transporte aéreo, porque hay una Ley de Aviación Civil, un Código Aeronáutico y hay una regulación internacional a la cual el Ecuador está suscrito. Los temas aún se tienen que revisar, y si no se toman correctivos nosotros no votaremos”, afirmó.

Criterio que no es compartido por el asambleísta y vocal de la Comisión Franco Romero. “En este código no se regulan las multas, las sanciones por infracciones de tránsito, es el transporte terrestre, marítimo y aéreo en lo concerniente a la relación comercial. Se está regulando el tema de los seguros, que tiene que ver con transporte, lo que hace es facilitar la actividad comercial”, aseveró.

También legaliza la factura como un título ejecutivo, cosa que se venía haciendo, pero que no estaba legalizada, es decir, que el momento que una persona acepta una factura está firmando una letra de cambio.

Fuente: Diario Expreso

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