Ecuador extiende por dos años el plazo para que nuevas inversiones productivas puedan acogerse a exoneración del Impuesto a la Renta y Salida de Divisas

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Mediante el decreto ejecutivo 1130, el presidente Lenín Moreno extendió por 24 meses más el plazo para que las nuevas inversiones productivas puedan acogerse a los incentivos que se establecen en el artículo 26 y 27 de la conocida Ley de Fomento.

El primer articulado se refiere al derecho a la exoneración del impuesto a la renta a las nuevas inversiones productivas en sectores priorizados establecidos en el artículo 9.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno, mientras que el artículo 27 refiere que a la exoneración del impuesto a salida de divisas tendrán derecho las nuevas inversiones que suscriban contratos de inversión.

En la disposición transitoria tercera también se estableció que los incentivos tendrán una vigencia de 24 meses, plazo dentro del cual se deberá iniciar la nueva inversión productiva. Previo a la finalización del plazo de vigencia, el presidente podrá prorrogar el tiempo para acogerse a los incentivos por 24 meses más.

«Estos incentivos serán aplicables a la inversión, siempre y cuando cumplan los criterios de transparencia, sustancia económica y las condiciones establecidas en el Reglamento a esta Ley», se establece en la ley.

En el decreto emitido este miércoles se establece que el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca remitió el informe de resultados de la aplicación de incentivos y solicitó la emisión del decreto, mientras que el Ministerio de Economía y Finanzas emitió dictamen favorable para el mismo.

También se concedió un plazo de 30 días para que el Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones revisará y adecuará los parámetros que deberán cumplir las inversiones.

En su cuenta de Twitter, Moreno indicó que desde el 2018 se han aprobado más de 100 contratos de inversión.

Fuente: ElUniverso

Guardado en:  Economía | ECONOMÍA DEL ECUADOR
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